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Salud · 25.517

EBAIS de San Miguel Sur

Nombre oficial: Desafectación de un terreno propiedad del Estado y autorización para donarlo a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel Sur de Santo Domingo de Heredia para un EBAIS

Dónde va

1
Apenas nace
2 meses
Presentado · 21 abr 2026 – 15 jun 2026
Ver quién lo presentó

Luz Mary Alpízar Loaiza, María Marta Padilla Bonilla, Horacio Alvarado Bogantes, Pedro Rojas Guzmán, Andrés Ariel Robles Barrantes, Johnatan Jesús Acuña Soto, Antonio José Ortega Gutiérrez, Priscilla Vindas Salazar

2
En estudio
2 meses y contando
En comisión · 15 jun 2026 – 9 ago 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Asuntos Municipalesdesde el 17 jun 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Municipales · 7 diputaciones

Ariel Mora
presidencia
Pueblo Soberano
Wilson Jiménez
secretaría
Pueblo Soberano
Antonio Trejos
Frente Amplio
Karen Alfaro
Liberación Nacional
Nayuribe Guadamuz
Pueblo Soberano
Rafael Vargas
Liberación Nacional
Reynaldo Arias
Pueblo Soberano

Qué sigue

Se espera la respuesta del Ministerio de Salud y el informe de la subcomisión.

De qué trata

Cede un terreno estatal para instalar un EBAIS en Heredia

Le quita a un terreno del Estado su régimen de uso público —desafectarlo— y autoriza donarlo a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel Sur para destinarlo a un Equipo Básico de Atención Integral en Salud (EBAIS).

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que San Miguel es el único distrito de Santo Domingo, y de toda la provincia de Heredia, sin un ebáis que brinde atención primaria. Recuerdan que la propia asociación comunal le donó ese terreno al Ministerio de Salud en 1990 justamente para construirlo y afirman que en 36 años el ministerio no hizo nada con el inmueble.

Citan el censo de 2022, según el cual el distrito tiene 8038 habitantes, y lo comparan con San Pablo de Heredia, que sí cuenta con ebáis y que según ellos ronda los 3000 habitantes. Señalan que en la propiedad solo opera una ventanilla de entrega y retiro de recetas, con atención esporádica y de horario limitado, a la que llaman medida paliativa.

Dicen que, sin ebáis propio, los vecinos hacen fila de madrugada para sacar cita en Tibás y deben regresar otro día a la consulta, algo pesado para personas enfermas, embarazadas, adultos mayores y pacientes crónicos, y que eso recarga los servicios de cantones vecinos. Plantean que la asociación se compromete a invertir, dar mantenimiento y construir si se le devuelve el terreno.

Qué dice el texto

  • Quién recibe el terreno: El Ministerio de Salud queda autorizado a traspasar gratis a la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel Sur una finca de 592 metros cuadrados en el distrito San Miguel, a la que antes se le quita la condición de uso público.
  • Para qué se puede usar: El terreno y lo que se construya solo sirven para levantar y administrar un ebáis, el equipo básico de atención integral de salud del distrito. La asociación define quién lo usa, conforme a sus estatutos.
  • Los plazos de la asociación: Tiene seis meses desde la publicación de la ley para presentarle al Ministerio de Salud un plan de ejecución y sacar los permisos municipales y sanitarios. La obra debe arrancar dentro de los diez años siguientes a esa aprobación.
  • Si la obra no arranca: Sin acto material de inicio —movimiento de tierra o cimientos— ni justificación aceptada, caduca la autorización y el terreno vuelve de pleno derecho al Estado. Antes se le notifica y se le dan treinta días para subsanar.
  • Quién construye entonces: Si se declara la caducidad, el Ministerio de Salud puede ejecutar el proyecto directamente o pasárselo a otra entidad pública o privada, y la asociación debe devolver los fondos públicos que hubiera recibido, salvo decisión contraria por interés público.
  • El candado sobre la finca: El Registro Nacional le pone una limitación de veinte años: la asociación no puede vender, donar, traspasar, arrendar ni gravar el terreno, que además queda afectado a perpetuidad al dominio público.
  • Costos y control: El traspaso queda exento de impuesto de traspaso, timbres y derechos de registro; lo formaliza la Notaría del Estado. La donación no se rige por las reglas de donación del Código Civil y queda bajo fiscalización de la Procuraduría y del Ministerio de Salud.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 21 de abril de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.517).

Qué pasó la semana del 3 al 9 de agosto

El expediente continúa su trámite en subcomisión y se le extendió el plazo hasta el 31 de octubre de 2026.

jue, 6 ago · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 4 de la Comisión de Asuntos Municipales (jue, 6 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.