Santa Cruz, ciudad folclórica
Nombre oficial: Declaratoria del Cantón de Santa Cruz de Guanacaste Como Ciudad Folclórica de Costa Rica y sus Fiestas del Mes de Enero Como Fiestas Típicas Nacionales
Dónde va
Ver quién lo presentó
- Nayuribe Guadamuz Rosales · Pueblo Soberano
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Turismodesde el 18 ago 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Turismo · 7 diputaciones
Qué sigue
La subcomisión debe rendir su informe a más tardar el 28 de octubre, mientras se esperan las respuestas de las entidades consultadas.
De qué trata
Declara a Santa Cruz ciudad folclórica de Costa Rica
Declara al cantón de Santa Cruz Ciudad Folclórica y sus fiestas del 14 al 18 de enero como Fiestas Típicas Nacionales, y obliga al Ministerio de Cultura, al MEP y a la Municipalidad a incluir esas tradiciones en sus programas de resguardo cultural.
Según el texto presentado el 20 de julio de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quien firma el proyecto sostiene que Santa Cruz es uno de los principales referentes del folclore guanacasteco —el sabanero, el grito, las bombas y retahílas, la marimba, la cocina del maíz y las fiestas de enero— y que todo eso es patrimonio cultural inmaterial: usos y saberes que solo sobreviven si cada generación los sigue practicando y transmitiendo.
Afirma que el registro histórico del cantón muestra que la entrada del capitalismo en el agro desde 1950 cambió la fuerza laboral y la vida social santacruceña, y que transformaciones así pueden ir debilitando las condiciones que sostienen esas prácticas si no hay un marco institucional que las respalde.
Agrega que, sin una declaratoria de rango legal, la planificación del Estado en patrimonio carece de un mandato claro para atender estas expresiones de forma sistemática y su continuidad queda en manos de esfuerzos comunitarios aislados, como la Marimba Nacional Diriá o las cofradías de las fiestas al Santo Cristo de Esquipulas.
Qué dice el texto
- La declaratoria: Declara al cantón de Santa Cruz de Guanacaste Ciudad Folclórica de Costa Rica, con el fin de estimular sus tradiciones, su música y sus expresiones artísticas.
- Las fiestas de enero: Declara Fiestas Típicas Nacionales los festejos que se celebran del 14 al 18 de enero de cada año en Santa Cruz en honor al Santo Cristo de Esquipulas, por ser expresión de costumbres tradicionales y populares.
- La marimba: Declara de interés cultural para el cantón y para la provincia de Guanacaste a la agrupación Marimba Nacional Diriá, para estimular la música tradicional de marimba y honrar al maestro Ulpiano Duarte Arrieta, su fundador.
- Quién queda obligado: El Ministerio de Cultura y Juventud, el MEP y otras entidades competentes, coordinando con la Municipalidad de Santa Cruz, deben meter estas manifestaciones en sus programas de identificación, documentación y protección.
- Qué significa salvaguardia: Se trata del resguardo del patrimonio cultural inmaterial: los usos, expresiones y saberes que una comunidad recrea y transmite de generación en generación y que le dan identidad y continuidad.
- Qué no incluye: El articulado no crea impuestos, exoneraciones ni partidas de dinero: el único deber concreto es incorporar estas manifestaciones a los programas estatales de documentación y protección cultural.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 20 de julio de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.660).
Qué pasó la semana del 21 al 27 de septiembre
La Comisión de Turismo aprobó, con cinco votos a favor, consultar el proyecto a la Municipalidad de Santa Cruz, al Ministerio de Cultura y Juventud, al Centro de Conservación e Investigación del Patrimonio Cultural, a la Comisión de Fiestas Típicas Nacionales de Santa Cruz, al ICT y al MEP. La diputada Guadamuz Rosales y el diputado Campos Villegas expresaron su apoyo al proyecto. Quedó asignado a una subcomisión integrada por los diputados Nayuribe Guadamuz Rosales, quien la preside, Ronald Alberto Campos Villegas y Cindy Murillo Artavia.
mié, 23 sept · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 7 de la Comisión de Turismo (mié, 23 sept). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 2 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
Anuncia el apoyo de su fracción y se compromete a que el proyecto se acelere, a cambio de esperar reciprocidad con otros proyectos que han presentado
Celebra que el proyecto avance porque Santa Cruz alberga un legado y patrimonio que representa a toda Costa Rica y significa un rescate cultural