Casa para CONAPAM
Nombre oficial: Casa para CONAPAM
Dónde va
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Poder Ejecutivo
La vota la comisión que la estudia
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Socialesdesde el 8 abr 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
La estudia la Comisión de Asuntos Sociales · 9 diputaciones
Qué sigue
La subcomisión N.° 2 debe estudiarlo y traer el resultado a la comisión; mientras tanto se envían las consultas aprobadas y se agenda la audiencia con el CONAPAM.
De qué trata
Proyecto de ley relacionado con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), con afinidad temática con discapacidad y adulto mayor, según se menciona en el acta al comunicar su traslado.
Para conversar
El problema que dice venir a resolver
Quienes lo firman sostienen que la ubicación del CONAPAM bajo la Presidencia no tiene sustento técnico: recuerdan que su origen estuvo ligado a un órgano asesor del Poder Ejecutivo y afirman que no existen argumentos suficientes para mantener esa adscripción. Citan un señalamiento de MIDEPLAN según el cual no hay congruencia entre las competencias de la Presidencia y la materia del órgano, y que lo aconsejable es pasarlo a un ministerio afín.
Argumentan que el Ministerio de Salud es el ente afín por competencia y especialización, ya que la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor le encarga programas de salud para mayores de sesenta y cinco años, capacitación sobre envejecimiento y la acreditación de los establecimientos que atienden a esta población. Invocan además la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que compromete a los Estados a promover instituciones públicas especializadas en esos derechos.
Advierten que la población envejece rápido: citan que en 2010 las personas de más de 65 años eran cerca del 5% del total y que para 2050 se espera que la cifra se cuadruplique al 21%. Sostienen que sin una gestión adecuada del Ministerio, el aumento de enfermedades simultáneas golpearía la salud de la población y presionaría más al sistema de servicios de salud.
Qué dice el texto
- Quién manda: El CONAPAM, el consejo estatal rector en envejecimiento y vejez, pasa a estar adscrito al Ministerio de Salud, aunque se mantiene como órgano de desconcentración máxima: decide por sí mismo en su materia.
- Quién lo preside: En la Junta Rectora que dirige el CONAPAM entra el ministro o ministra de Salud, o la persona que designe para representarlo.
- Los suplentes: La máxima autoridad de cada institución u organización con asiento en la Junta Rectora debe nombrar a alguien que sustituya a su representante si falta de forma temporal o definitiva, o si lo remueven.
- En qué lista queda: El CONAPAM se agrega a la lista de órganos adscritos al despacho del ministro de Salud en la Ley Orgánica del Ministerio de Salud.
- Desde cuándo: El cambio empieza a regir desde que la ley se publica, sin plazo de transición.
El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 12 de marzo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.
El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.444).
Qué pasó la semana del 25 al 31 de mayo
Se aprobó ampliación de plazo por sesenta días hábiles (votación con 5 a favor y 4 en contra según tabla de votos). Se rechazó moción de revisión de esa ampliación (5 en contra, 4 a favor). Se asignó a la subcomisión 1 para su estudio.
mié, 27 may · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 1 de la Comisión de Asuntos Sociales (mié, 27 may). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.