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Educación · 25.384

Préstamo BIRF-BID para sistema educativo

Nombre oficial: Aprobación de los Contratos de Préstamo suscritos entre la República de Costa Rica y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el Proyecto Calidad y Eficiencia del Sistema Educativo en Costa Rica: Formando el Capital Humano del Futuro

Dónde va

1
Apenas nace
1 día
Presentado · 26 ene 2026 – 27 ene 2026
Ver quién lo presentó

Poder Ejecutivo

2
En estudio
8 meses y contando
En comisión · 27 ene 2026 – hoy

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior10 feb 2026 – 17 feb 2026
  • Comisión de Asuntos Hacendariosdesde el 17 feb 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita 38 de 57 votos

Por qué

Mayoría calificada — 38 de 57 (dos tercios)

Endeudar al país con bancos u organismos extranjeros exige siempre 38 votos.

Constitución, art. 121 inc. 15
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Asuntos Hacendarios · 11 diputaciones

Nogui Acosta
presidencia
Pueblo Soberano
Grethel Ávila
secretaría
Pueblo Soberano
Ángela Aguilar
Liberación Nacional
Antonio Trejos
Frente Amplio
Cindy Murillo
Pueblo Soberano
Daniel Siezar
Pueblo Soberano
Diana Murillo
Liberación Nacional
Gerardo Bogantes
Pueblo Soberano
Kattia Ulate
Pueblo Soberano
María Román
Frente Amplio
Salvador Padilla
Liberación Nacional

Qué sigue

Programación de audiencias antes de entrar a conocer el fondo del proyecto.

De qué trata

Endeuda al país para mejorar la calidad educativa

Proyecto de ley para aprobar contratos de préstamo con el BIRF y el BID destinados a financiar mejoras en la calidad y eficiencia del sistema educativo costarricense.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que Costa Rica logró ampliar el acceso a la educación en preescolar, primaria y secundaria, pero que persisten fallas de calidad y equidad en los aprendizajes básicos. Citan evaluaciones nacionales de sexto grado y la prueba internacional PISA para afirmar que buena parte de los estudiantes no alcanza el nivel mínimo en lectura y matemáticas, y que la pandemia agravó ese rezago.

Agregan que hay brechas por género, condición migratoria y pertenencia a pueblos indígenas, falta de materiales en lenguas maternas, formación docente desactualizada, exceso de trámites internos del MEP y juntas de educación que no logran ejecutar los fondos que administran. También afirman que la inversión educativa tuvo su mayor contracción en cuatro décadas.

Sostienen además que la economía se movió hacia sectores de alta tecnología y que existe una brecha entre lo que enseña el sistema educativo y lo que pide el mercado laboral, por lo que plantean el endeudamiento como la vía para financiar la transformación pedagógica, digital y administrativa del MEP.

Qué dice el texto

  • Quién debe y quién paga: El prestatario es el Gobierno de la República y el organismo ejecutor es el MEP. A Hacienda le corresponde pagar el servicio de la deuda: amortización, intereses y comisiones de ambos créditos.
  • En qué se puede gastar: Los recursos solo pueden usarse en el proyecto educativo: recuperación de aprendizajes, materiales y equipo tecnológico, formación docente, programas para estudiantes indígenas y migrantes, y modernización de los sistemas del MEP.
  • Quién lo administra: Crea la Unidad Coordinadora del Proyecto adscrita al MEP, con desconcentración máxima y personalidad jurídica: puede firmar contratos y autorizar pagos por su cuenta. La dirige un Gerente General cuya plaza debe presupuestar el MEP.
  • Las compras: Las adquisiciones se rigen por las reglas del Banco Mundial y del BID, que prevalecen sobre la ley nacional, y quedan fuera de los procedimientos de contratación pública y de su régimen de impugnaciones.
  • Los límites que sí se mantienen: Aun con esa exclusión, siguen aplicando los principios constitucionales y el régimen de prohibiciones de la contratación administrativa, o sea las reglas sobre quién no puede contratar con el Estado.
  • Exoneración de impuestos: Libera de impuestos, timbres, IVA, impuesto selectivo de consumo y aranceles de importación las compras del proyecto hechas por la Unidad Coordinadora o sus contratistas, mientras dure la ejecución.
  • Requisito para exonerarse: Para recibir esas exoneraciones, los beneficiarios deben estar al día con Hacienda y con la CCSS, y tramitarlas por el procedimiento que fije el Ministerio de Hacienda.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 26 de enero de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.384).

Qué pasó la semana del 24 al 30 de agosto

La diputada Ávila Vargas lo presentó en control político como uno de los tres pilares —trabajo, conectividad y educación— de su intervención.

mar, 25 ago · Plenario

Fuente: el acta de la sesión ordinaria 56 del Plenario (mar, 25 ago). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario.

Quién lo apoya y quién lo objeta

La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído — no es el marcador de una votación, e incluye voces que no votan, como ministerios e instituciones invitadas.

1Lo apoyan
Grethel María Ávila Vargas · Pueblo Soberano

Apoya el préstamo por la inversión en calidad educativa, formación docente y educación técnica

25 ago

Otras 3 voces solo aparecen votando mociones de trámite, sin que el acta diga por qué: 1 de Pueblo Soberano y 2 sin fracción. De otra voz sin fracción el acta no deja claro qué sostiene sobre el proyecto.