AsambleaTeRinde2026 – 2030
Volver a la semana del 24 – 30 ago
Justicia electoral · 25.720

Proselitismo político en centros educativos

Nombre oficial: Adición de un Párrafo al Artículo 136 de la Ley 8765, Código Electoral, del 19 de Agosto de 2009, para Prohibir la Propaganda y el Proselitismo Político-Partidario en Centros Educativos

Dónde va

1
Apenas nace
6 días
Presentado · 18 ago 2026 – 24 ago 2026
Ver quién lo presentó
  • Nayuribe Guadamuz Rosales, Anna Katharina Müller Castro · Pueblo Soberano
2
En estudio
6 días y contando
En comisión · 24 ago 2026 – 30 ago 2026

La vota la comisión que la estudia

3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

Qué sigue

Para avanzar necesita el dictamen de la comisión que lo estudia.

De qué trata

Prohíbe dentro de centros educativos públicos y privados reconocidos por el Estado, y en actividades educativas dirigidas a estudiantes, la propaganda y el proselitismo partidario: buscar adhesión a un partido, candidatura o precandidatura. Deja a salvo la educación cívica y los debates.

Según el texto presentado el 18 de agosto de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que la educación no solo transmite conocimientos, sino que forma ciudadanía, y que por eso el estudiantado debe poder conocer y discutir la realidad política y electoral del país. Sostienen que hay una diferencia sustancial entre la educación cívica —informar, analizar, contrastar posiciones— y el proselitismo político-partidario, que busca captar adhesiones para una opción determinada.

Afirman que el ordenamiento ya reconoce esa diferencia: citan la Ley Fundamental de Educación, que prohíbe la propaganda de política electoral dentro de las instituciones de enseñanza, y resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones que distinguen entre actividades partidarias de organización interna y aquellas de naturaleza propagandística.

Plantean que incorporar la prohibición al artículo del Código Electoral que ya limita la propaganda por motivos religiosos y la contraria a los derechos políticos de las mujeres es lo sistemáticamente adecuado, y que así no hace falta crear un régimen de sanciones aparte ni llevar el tema al Código Penal.

Qué dice el texto

  • Qué se prohíbe: Toda forma de propaganda político-electoral y todo acto de proselitismo partidario, o sea cualquier actividad dirigida a promover, favorecer, desalentar o captar adhesión a partidos, candidaturas o precandidaturas de elección popular.
  • Dónde aplica: Dentro de centros educativos públicos y privados reconocidos por el Estado, y también fuera de ellos cuando ocurra con ocasión de actividades educativas dirigidas al estudiantado.
  • Qué sigue permitido: Las actividades académicas, de educación cívica, análisis político, debate y formación de pensamiento crítico no quedan impedidas por la prohibición.
  • Los actos partidarios autorizados: Tampoco se impiden las actividades político-electorales que estén legítimamente autorizadas conforme al ordenamiento jurídico y a las disposiciones del Tribunal Supremo de Elecciones.
  • La sanción: El proyecto no crea multas nuevas. Quienes lo firman explican que, al colocarse la prohibición en el artículo 136 del Código Electoral, le aplica la multa ya prevista de diez a cincuenta salarios base para personas físicas o jurídicas.
  • A quién alcanza: La prohibición se redacta sobre la conducta, sin limitarla a docentes o a personal educativo: alcanza a cualquiera que realice propaganda o proselitismo en esos espacios o actividades.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 18 de agosto de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.720).

Lo último en el registro del expediente

Se le asignó la comisión que lo va a estudiar, según la tramitación oficial del expediente.

lun, 24 ago · Trámite oficial