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Ambiente y energía · 25.433

Artículo 33 ter de la Ley Forestal

Nombre oficial: Adición de un artículo 33 ter a la Ley Forestal

Dónde va

1
Apenas nace
10 días
Presentado · 9 mar 2026 – 19 mar 2026
Ver quién lo presentó

Carlos Andrés Robles Obando

2
En estudio
7 meses y contando
En comisión · 19 mar 2026 – 25 oct 2026

La vota la comisión que la estudia

Ver en qué comisión se vio
  • Comisión de Ambientedesde el 8 abr 2026

Según la tramitación oficial de la Asamblea.

3
En debate
Plenario

Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite

Por qué

Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos

La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.

Constitución, art. 119
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada
Hay pasos que este proyecto ya dejó atrás y que no presenciamos: seguimos las sesiones desde mayo de 2026.

La estudia la Comisión de Ambiente · 9 diputaciones

Zaira Murillo
presidencia
Pueblo Soberano
Ariel Mora
secretaría
Pueblo Soberano
Ana Esquivel
Pueblo Soberano
Ángela Aguilar
Liberación Nacional
Claudia Dobles
Agenda Ciudadana
Diana Murillo
Liberación Nacional
Edgardo Araya
Frente Amplio
Juan Quesada
Pueblo Soberano
Stephan Brunner
Pueblo Soberano

Qué sigue

La subcomisión debe rendir su informe a más tardar el 22 de noviembre de 2026.

De qué trata

Permite usar las áreas de protección de la Ley Forestal para obras de bajo impacto ambiental y turismo, con permiso de la Dirección de Aguas del Minae. También autoriza al MOPT a usarlas para sus obras, con aviso previo al Minae.

Según el texto presentado el 9 de marzo de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman parten de que Costa Rica está entre los países más vulnerables a fenómenos hidrometeorológicos extremos, como tormentas, huracanes y lluvias intensas. Sostienen que esos eventos dañan carreteras, producción y propiedades, y ponen en riesgo vidas. Señalan además que reparar carreteras, puentes y cunetas muchas veces exige usar áreas de protección junto a las vías.

Afirman que la falta de una autorización expresa en la ley genera incertidumbre jurídica y retrasos administrativos. Según su exposición, eso traba la atención inmediata, la conexión de las comunidades y las actividades productivas y turísticas. Proponen que el MOPT pueda actuar en esas áreas cuando sea estrictamente necesario, avisando antes al Minae.

Agregan que el cambio climático alteró la forma de los cauces de los ríos. Explican que las obras de la Dirección de Obras Fluviales buscan devolverlos a su estado anterior para evitar desbordamientos, con un impacto ambiental que describen como mínimo.

Qué dice el texto

  • Qué se permite: Autoriza usar y gestionar esas áreas de protección solo para obras de bajo impacto ambiental. Esas obras deben cumplir las normas técnicas y servir para recuperar, rehabilitar o resguardar cuerpos de agua de dominio público, o sea del Estado.
  • El turismo: También abre esas áreas a actividades turísticas que ayuden a conservar el agua y sus ecosistemas. Deben generar encadenamientos productivos, es decir, negocios ligados entre sí, con espacios de esparcimiento y movilidad sostenible.
  • Quién da el permiso: Solo la Dirección de Aguas del Minae puede autorizar ese uso. Los requisitos técnicos, los trámites y los plazos quedan para un reglamento.
  • El MOPT: Autoriza al MOPT a disponer de esas áreas de protección, o sea usarlas, para cumplir funciones que le da la Ley 3155. La exposición liga esas funciones a obras de seguridad vial y de operación de las rutas.
  • El aviso al Minae: Antes de esos trabajos, el MOPT debe comunicarlos al Minae con su justificación técnica, descripción, ubicación y plazo de ejecución. El texto dice que ese aviso sirve para llevar un registro de las obras.
  • Lo que queda aparte: El permiso general aplica solo a las actividades que autoriza el artículo 33 bis de la ley. Las obras de agua potable y saneamiento se rigen únicamente por ese artículo anterior.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 9 de marzo de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.433).

Qué pasó la semana del 19 al 25 de octubre

Está en la Subcomisión N.° 2. Su plazo para rendir informe vencía el 22 de octubre y se amplió hasta el 22 de noviembre de 2026.

mar, 20 oct · Comisión

Fuente: el acta de la sesión 16 de la Comisión de Ambiente (mar, 20 oct). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones.