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Salud · 25.880

Cursos de nivelación para médicos

Nombre oficial: Adición al Inciso H) del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos, Ley N.°3019, para la Incorporación de Profesionales en Medicina Mediante Cursos de Nivelación

Dónde va

1
Apenas nace
10 días y contando
Presentado · 29 oct 2026 – hoy
Ver quién lo presentó
  • Marta Eugenia Esquivel Rodríguez · Pueblo Soberano
2
En estudio
En comisión
3
En debate
Plenario
4
Voto final
2.º debate
5
¡Ya es ley!
Publicada

De qué trata

Permite a quienes se graduaron de Medicina y reprobaron el ECOM-CR, el examen para inscribirse en el Colegio de Médicos, aprobar cursos de nivelación en lugar de repetir la prueba para poder ejercer.

Según el texto presentado el 29 de octubre de 2026. El proyecto puede cambiar durante el trámite.

Para conversar

El problema que dice venir a resolver

Quienes lo firman sostienen que reprobar el ECOM-CR, el examen de conocimientos que el Colegio de Médicos exige para inscribirse, deja a personas graduadas sin permiso para ejercer la medicina. Según su planteamiento, eso les cierra oportunidades de empleo en la profesión para la que se formaron. Señalan que la normativa solo les permite volver a presentar el examen, sin ninguna alternativa de nivelación.

Citan resultados publicados por el Colegio sobre convocatorias recientes del examen. Según los firmantes, esos resultados muestran que una proporción considerable de quienes lo presentan debe volver a intentarlo. Argumentan que mantener a esos graduados fuera del ejercicio reduce los médicos disponibles para atender a la población, e invocan el derecho al trabajo que reconoce la Constitución.

Defienden que la nueva vía no rebaja la exigencia. Los cursos tendrían evaluaciones con criterios objetivos, y la certificación dependería de demostrar las competencias necesarias para ejercer la medicina general.

Qué dice el texto

  • A quién aplica: Aplica a personas graduadas en Medicina y Cirugía, de universidades nacionales o extranjeras y con título válido, que hayan reprobado el ECOM-CR o la prueba que lo sustituya. Con haberlo reprobado basta: no se les puede exigir reprobarlo más veces.
  • Quién organiza: El Colegio de Médicos diseña el programa, lo administra y certifica su aprobación. La CCSS y el Ministerio de Salud aportan apoyo técnico y docente mediante convenios. La CCSS no puede usar fondos de los seguros sociales en fines ajenos a su cometido.
  • Cómo son los cursos: Incluyen clases teóricas y actividades prácticas, entre ellas la simulación clínica, que es la práctica con casos simulados. El plan de cada persona se arma según sus resultados del examen y un diagnóstico académico, sin otra prueba para entrar.
  • Cómo se aprueba: Asistir no basta: hay que aprobar evaluaciones teóricas y prácticas dentro de los cursos. Las decisiones de evaluación deben estar justificadas y se pueden impugnar, es decir, reclamar formalmente ante la institución.
  • Qué se gana: Aprobar el programa reemplaza al ECOM-CR, y no se puede exigir repetir el examen ni otra prueba general. Siguen vigentes los demás requisitos, como el reconocimiento de títulos extranjeros y el Servicio Social Obligatorio o su exoneración.
  • Los que ya reprobaron: Quienes reprobaron el ECOM-CR antes de que la ley entre en vigor también pueden entrar al programa sin volver a presentar el examen. El Colegio usa sus resultados y un diagnóstico académico para definir su plan.
  • Las especialidades: Se extiende a médicos inscritos que no pasaron el examen para concursar por una residencia, que es una plaza de formación de especialista. Los cursos no dan el título de especialista ni garantizan una plaza.

El porqué sale de la exposición de motivos y los puntos, del articulado del texto presentado el 29 de octubre de 2026. El argumento es de quienes lo firman; el proyecto puede cambiar durante el trámite.

El expediente completo —con el texto del proyecto— está en la consulta de expedientes de la Asamblea (se busca con el número 25.880).