Bomberos en áreas protegidas
Nombre oficial: Modificación del artículo 35 de la Ley Forestal, Ley N.º 7575, que autoriza la intervención del Benemérito Cuerpo de Bomberos en áreas silvestres protegidas
Ver quién lo presentó
Carlos Andrés Robles Obando
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Ambiente22 ago 2024 – 20 oct 2025 · desde el 17 jun 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Autoriza a Bomberos a intervenir en áreas protegidas
Modifica la Ley Forestal para autorizar expresamente la intervención del Cuerpo de Bomberos en áreas silvestres protegidas.
Qué pasó la semana del 15 al 21 de junio
En resumen
La Comisión Permanente Especial de Ambiente discutió una moción vía artículo 137 (Moción N.° 03-01) presentada por el exdiputado Manuel Morales Díaz sobre este expediente. Tras debate, la moción 137-1 fue rechazada con siete votos en contra y uno a favor. También se rechazaron una moción para convocar en audiencia al SINAC y al Cuerpo de Bomberos (6 en contra, 2 a favor) y dos mociones de revisión de votaciones (8 en contra cada una).
mié, 17 jun · Comisión
Fuente: el acta de la sesión 1 de la Comisión de Ambiente (mié, 17 jun). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas de comisiones. El expediente completo, en su consulta de expedientes (se busca con el número 24.325).
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 5 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de la sesión que hemos leído. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
A favor del proyecto; sostiene que los recursos del SINAC son insuficientes para atender grandes incendios y que los bomberos deben poder ingresar sin pedir permiso…
A favor del proyecto; sostiene que los recursos del SINAC son insuficientes para atender grandes incendios y que los bomberos deben poder ingresar sin pedir permiso previo, informando solo después del incidente. Votó en contra de la moción 137.
Solicita expresamente un marco legal que les habilite a entrar de forma inmediata a áreas silvestres protegidas para tener seguridad jurídica en su actuación.
A favor del espíritu del proyecto (inmediatez de intervención), pero en contra de incorporar el párrafo adicional de la moción 137 que exige coordinación previa,…
A favor del espíritu del proyecto (inmediatez de intervención), pero en contra de incorporar el párrafo adicional de la moción 137 que exige coordinación previa, pues considera que eso contradice la inmediatez y la seguridad jurídica que se busca otorgar al Cuerpo de Bomberos.
Señala que el proyecto es innecesario porque el Cuerpo de Bomberos ya puede intervenir bajo el marco vigente;
Señala que el proyecto es innecesario porque el Cuerpo de Bomberos ya puede intervenir bajo el marco vigente; indica que el artículo 35 de la Ley Forestal otorga al SINAC el mando de incidentes y que la coordinación con bomberos ya existe operativamente, contradiciendo la afirmación de que existe una limitación legal.
Advierte que el proyecto podría generar duplicidad de funciones entre el SINAC y el Cuerpo de Bomberos.
Otras 3 voces aparecen en las actas sin que quede claro qué sostienen sobre el proyecto —votaron mociones de trámite, o el acta solo registra su voto sin la razón—, así que no se listan.
¿Qué sigue?
La comisión dictaminadora conocerá las mociones de fondo vía artículo 137.