Justicia pensiones sector público
Nombre oficial: Luchando por la justicia del sistema de pensiones del sector público
Ver quién lo presentó
Poder Ejecutivo
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Sociales27 mar 2025 – 20 nov 2025 · 21 may 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Cambia las reglas de las pensiones del sector público
Fija topes a las pensiones del sector público, incluido el fondo de jubilaciones del Poder Judicial, y los aplica tanto a los nuevos derechos jubilatorios como a las pensiones en curso de pago, con aplicación progresiva en seis meses.
Qué pasó la semana del 8 al 14 de junio
En resumen
La Comisión de Asuntos Sociales votó una y otra vez las mociones 10, 11 y 12 vía artículo 137, que pretendían que los topes de pensión del artículo 6 no alcanzaran a las pensiones en curso de pago y se aplicaran solo a nuevos derechos jubilatorios: todas terminaron empatadas en cuatro votos a favor y cuatro en contra, por lo que quedaron rechazadas, igual que las mociones de revisión sobre esas votaciones. Al día siguiente se aprobó con nueve votos una moción de orden para posponer el expediente, que no se discutió.
Fuente: las actas de la sesión 4 de la Comisión de Asuntos Sociales (mar, 9 jun) y la sesión 5 de la Comisión de Asuntos Sociales (mié, 10 jun). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas de comisiones. El expediente completo, en su consulta de expedientes (se busca con el número 24.786).
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 23 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 14 sesiones que hemos leído. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
A favor del proyecto. Argumenta que los estudios actuariales ya se realizan anualmente por mandato del acuerdo Supen 4-16, que el fondo del Poder Judicial tiene un…
A favor del proyecto. Argumenta que los estudios actuariales ya se realizan anualmente por mandato del acuerdo Supen 4-16, que el fondo del Poder Judicial tiene un déficit de ¢1.200 millones y una razón de solvencia del 51,9% en población cerrada, y que el proyecto afecta solo a un porcentaje minoritario de pensionados con montos superiores a ¢1,7 millones.
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría…
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría de cinco votos en contra de dichas mociones.
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría…
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría de cinco votos en contra de dichas mociones.
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría…
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría de cinco votos en contra de dichas mociones.
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría…
Favorable al texto sustitutivo aprobado. Rechaza sistemáticamente todas las mociones de enmienda y de revisión presentadas por la oposición, manteniendo la mayoría de cinco votos en contra de dichas mociones.
Rechaza el dictamen negativo (vota en contra del mismo, es decir, quiere avanzar el proyecto).
Presentó mociones correctivas (15 y 17) para mejorar el texto del proyecto, distinguiendo entre monto bruto y neto y proponiendo ajustes a las deducciones.
Presentó mociones correctivas (15 y 17) para mejorar el texto del proyecto, distinguiendo entre monto bruto y neto y proponiendo ajustes a las deducciones. La moción 17 fue rechazada incluso por los diputados opositores al proyecto por considerar que mantenía la aplicación del tope a pensiones en curso de pago.
Propone que la ley rija un año después de su publicación para dar plazo de preparación a personas afectadas y a la administración del Estado.
Propone condicionar la aplicación del tope a la realización previa de un estudio actuarial y financiero integral en un plazo de seis meses.
En contra del proyecto tal como está planteado. Argumenta que los topes son arbitrarios, inconstitucionales y confiscatorios;
En contra del proyecto tal como está planteado. Argumenta que los topes son arbitrarios, inconstitucionales y confiscatorios; que afectan más a pensiones medias y bajas que a las de mayor monto; que no regula la devolución de lo cotizado en exceso; y que el plazo de seis meses para la aplicación es irrespetuoso. Apoya las mociones para suavizar el texto y excluir pensiones en curso de pago.
En contra del proyecto. Argumenta que la aplicación retroactiva del tope a pensiones en curso de pago viola el artículo 34 de la Constitución Política, el artículo…
En contra del proyecto. Argumenta que la aplicación retroactiva del tope a pensiones en curso de pago viola el artículo 34 de la Constitución Política, el artículo 21 y 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Cuestiona el estudio actuarial en que se sustenta el proyecto y solicita desconvocar la iniciativa.
En contra del proyecto. Señala que tiene grandes huecos constitucionales, que no aclara qué pasará con el dinero cotizado en exceso ni cómo se aplica el tope…
En contra del proyecto. Señala que tiene grandes huecos constitucionales, que no aclara qué pasará con el dinero cotizado en exceso ni cómo se aplica el tope respecto a cargas sociales, y que genera inseguridad jurídica para personas que adquirieron deudas con base en su pensión esperada. Apoya las mociones para limitar el tope solo a pensiones futuras.
En contra del proyecto. Señala que fue enterrado en la legislatura anterior, que compara regímenes incomparables, que no considera la diferencia entre salarios…
En contra del proyecto. Señala que fue enterrado en la legislatura anterior, que compara regímenes incomparables, que no considera la diferencia entre salarios brutos y netos, y que el texto es tan deficiente que sería mejor desecharlo. Expresa apertura a escuchar a los gremios y participar en la mesa de trabajo del jueves.
Cuestionó el estudio actuarial base del proyecto mediante oficio JD-PRE-0015-06-2025, señalando que el supuesto estudio actuarial sobre el Régimen de Reparto del…
Cuestionó el estudio actuarial base del proyecto mediante oficio JD-PRE-0015-06-2025, señalando que el supuesto estudio actuarial sobre el Régimen de Reparto del Magisterio es imposible porque el fondo nunca se creó, debilitando la legitimidad y legalidad del proyecto.
Contraria al texto tal como está. Señala que el proyecto viola la autonomía de los regímenes especiales, el principio de irretroactividad, los artículos 33 y 41 de…
Contraria al texto tal como está. Señala que el proyecto viola la autonomía de los regímenes especiales, el principio de irretroactividad, los artículos 33 y 41 de la Constitución y puede tener efecto confiscatorio. Vota a favor de las mociones de enmienda.
Mediante comunicado R-394 del 2025 advirtió que el proyecto carece de análisis técnico sobre capacidad institucional y disponibilidad de datos, y que no tiene un…
Mediante comunicado R-394 del 2025 advirtió que el proyecto carece de análisis técnico sobre capacidad institucional y disponibilidad de datos, y que no tiene un análisis legal robusto sobre la aplicación retroactiva a pensiones en curso de pago.
Recomendó el archivo definitivo del proyecto por afectar pensiones en curso de pago, comprometer derechos adquiridos, aplicar una misma regla a regímenes distintos…
Recomendó el archivo definitivo del proyecto por afectar pensiones en curso de pago, comprometer derechos adquiridos, aplicar una misma regla a regímenes distintos y carecer de estudios suficientes de razonabilidad y proporcionalidad.
Expresó preocupación por los efectos sobre calidad de vida, seguridad jurídica y derechos adquiridos de personas pensionadas, y señaló que toda reforma debe…
Expresó preocupación por los efectos sobre calidad de vida, seguridad jurídica y derechos adquiridos de personas pensionadas, y señaló que toda reforma debe respetar principios de razonabilidad, proporcionalidad y progresividad.
Advirtió que el proyecto no aporta estudios que demuestren razonabilidad y proporcionalidad, y que paradójicamente podría elevar la pensión neta de aproximadamente…
Advirtió que el proyecto no aporta estudios que demuestren razonabilidad y proporcionalidad, y que paradójicamente podría elevar la pensión neta de aproximadamente 24 personas del Régimen Transitorio de Reparto.
Apoya el dictamen negativo; comparte la preocupación por pensiones de lujo pero advierte que el proyecto es inviable constitucional y técnicamente;
Apoya el dictamen negativo; comparte la preocupación por pensiones de lujo pero advierte que el proyecto es inviable constitucional y técnicamente; pide trabajar en iniciativas viables.
Aportó información sobre la solvencia del fondo del Poder Judicial (96.66 % con reserva de ₡833.503 millones), cuestionando la necesidad de intervenir ese régimen.
Presentes en la audiencia; la diputada Murillo indica que el proyecto no puede ir de la mano con sus derechos adquiridos, sugiriendo oposición gremial al texto.
Presentes en la barra del público manifestando oposición al proyecto, calificándolo de injusto y de constituir un robo a sus derechos adquiridos.
Otras 4 voces aparecen en las actas sin que quede claro qué sostienen sobre el proyecto —votaron mociones de trámite, o el acta solo registra su voto sin la razón—, así que no se listan.
¿Qué sigue?
La comisión dictaminadora conocerá las mociones de fondo vía artículo 137.