Publicidad de licores en el deporte
Nombre oficial: Publicidad de Licores en el Deporte Nacional
Ver quién lo presentó
María Daniela Rojas Salas, Carlos Felipe Garcia Molina, Horacio Alvarado Bogantes, Leslye Rubén Bojorges León, Alejandro José Pacheco Castro, Eliécer Feinzaig Mintz, Carlos Andrés Robles Obando, Kattia Cambronero Aguiluz, Manuel Esteban Morales Díaz, María Marta Carballo Arce
Ver en qué comisión se vio
- Comisión de Asuntos Sociales8 sept 2022 – 9 sept 2022
- Comisión de Asuntos Jurídicos9 sept 2022 – 3 mar 2023 · 29 ago 2023 – 12 sept 2023 · 26 sept 2023 – 1 feb 2024
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Ver quién votó
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Proyecto de ley sobre publicidad de licores en el deporte nacional, que se encontraba en consulta ante la Sala Constitucional y cuyo plazo cuatrienal venció sin que se votara oportunamente la moción de prórroga, generando debate sobre si procede su archivo.
Qué pasó la semana del 8 al 14 de junio
En resumen
El Plenario aprobó el proyecto en primer debate el 8 de junio con 41 votos a favor y 10 en contra, y anunció el segundo debate para el 11 de junio. Ese día la Comisión Permanente Especial de Redacción revisó la propuesta filológica, discutió una corrección de género gramatical entre prohibido y prohibida y aprobó la redacción definitiva por unanimidad, con 5 votos a favor y 0 en contra; una moción de revisión posterior también se rechazó por unanimidad.
Fuente: las actas de la sesión ordinaria 22 del Plenario (lun, 8 jun) y la sesión 5 de la Comisión de Redacción (jue, 11 jun). La Asamblea no permite enlazarlas directo: se buscan por fecha en su consulta de actas del Plenario y su consulta de actas de comisiones. El expediente completo, en su consulta de expedientes (se busca con el número 23.216).
Quién lo apoya y quién lo objeta
Las 15 voces cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 5 sesiones que hemos leído. Cada quien queda del lado que sostuvo más veces.
A favor; argumenta con datos comparativos internacionales que no existe relación directa entre publicidad de alcohol en deporte y mayor consumo, y que la consulta…
A favor; argumenta con datos comparativos internacionales que no existe relación directa entre publicidad de alcohol en deporte y mayor consumo, y que la consulta constitucional anterior no es vinculante.
Atribuye la responsabilidad al partido de Gobierno y a su jefe de fracción; señala que había acuerdos sobre el proyecto y que no se caiga por falta de procedimiento.
A favor; señala que el proyecto regula una realidad existente y genera recursos para programas deportivos, prevención social e igualdad de género.
A favor; argumenta que el consumo de alcohol ha aumentado a pesar de la prohibición vigente y que los recursos deben aprovecharse para el deporte.
A favor; señala que la publicidad de bebidas alcohólicas ya existe en otros espacios y que el deporte merece acceder a esos recursos.
A favor; indica que el proyecto busca dirigir recursos a los atletas y no promover el consumo de alcohol.
A favor en primer debate con reservas; pide que el texto sustitutivo proteja a la niñez y logre un equilibrio entre financiamiento deportivo y salud pública.
Reconoce que la moción estaba presentada pero que por error administrativo no se conoció en plazo; acepta que hay observaciones al proyecto.
En contra; califica el proyecto como producto del lobby corporativo del licor, señala seis problemas constitucionales y de política pública, y propone alternativas…
En contra; califica el proyecto como producto del lobby corporativo del licor, señala seis problemas constitucionales y de política pública, y propone alternativas de financiamiento deportivo sin abrir publicidad alcohólica.
En contra; argumenta con evidencia científica que la publicidad de alcohol es eficaz para aumentar el consumo, especialmente en menores, y que el proyecto no…
En contra; argumenta con evidencia científica que la publicidad de alcohol es eficaz para aumentar el consumo, especialmente en menores, y que el proyecto no garantiza beneficios reales al deporte.
En contra; como médico argumenta que la publicidad de alcohol en el deporte incrementa el consumo temprano en menores, causa daños neurológicos y el proyecto…
En contra; como médico argumenta que la publicidad de alcohol en el deporte incrementa el consumo temprano en menores, causa daños neurológicos y el proyecto presenta vicios de constitucionalidad.
En contra; señala vicios de constitucionalidad por violación del principio de progresividad del derecho a la salud y el interés superior del menor, citando…
En contra; señala vicios de constitucionalidad por violación del principio de progresividad del derecho a la salud y el interés superior del menor, citando resolución de la Sala Constitucional.
Sostiene que la moción nunca fue incorporada al orden del día del Plenario y que el plazo venció, por lo que el proyecto debe archivarse conforme a la resolución…
Sostiene que la moción nunca fue incorporada al orden del día del Plenario y que el plazo venció, por lo que el proyecto debe archivarse conforme a la resolución 13.520 del 2018.
En contra; cita criterios del Ministerio de Salud y el PANI que señalan vicios constitucionales y violación del interés superior del menor.
En contra; como educadora rechaza el proyecto por promover tácitamente el consumo de alcohol en menores y aumentar la violencia de género.
Otras 8 voces aparecen en las actas sin que quede claro qué sostienen sobre el proyecto —votaron mociones de trámite, o el acta solo registra su voto sin la razón—, así que no se listan.
¿Qué sigue?
La Presidencia solicitó informe a la Secretaría del Directorio; la Sala Constitucional deberá resolver lo que corresponda respecto a la consulta pendiente. Podría presentarse un nuevo proyecto de ley.