Cierre Ministerio de Gobernación
Nombre oficial: Cierre del Ministerio de Gobernación y Policía de Costa Rica y reordenamiento de sus competencias desconcentradas
Ver quién lo presentó
Poder Ejecutivo
Ver en qué comisión se vio
- Comisión Especial de Modernización y Reforma del Estado12 dic 2024 – 22 ene 2026
Según la tramitación oficial de la Asamblea.
Necesita la mayoría de quienes estén presentes (29 si votan los 57) · puede subir a 38 durante el trámite
Por qué
Mayoría absoluta — 29 de 57 si votan todos
La regla general (art. 119) es la mitad más uno de los diputados presentes: 29 si votan los 57. Para algunos proyectos, un informe del Departamento de Servicios Técnicos o un criterio de la Sala Constitucional puede elevar el requisito a 38; eso se determina durante el trámite, no se sabe de antemano.
De qué trata
Propone el cierre del Ministerio de Gobernación y Policía de Costa Rica y el reordenamiento de las competencias que actualmente ejerce de forma desconcentrada.
Qué pasó la semana del 25 al 31 de mayo
En resumen
Se resignó a la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración.
mié, 27 may · Plenario
Fuente: el acta de la sesión extraordinaria 1 del Plenario (mié, 27 may). La Asamblea no permite enlazarla directo: se busca por fecha en su consulta de actas del Plenario. El expediente completo, en su consulta de expedientes (se busca con el número 24.719).
Quién lo apoya y quién lo objeta
La única voz cuya posición sobre este proyecto quedó explicada en las actas de las 3 sesiones que hemos leído.
Valoración matizada: reconoce que el texto sustitutivo del diputado Nogui Acosta eliminó muchas de las preocupaciones del Frente Amplio (p. ej.
Valoración matizada: reconoce que el texto sustitutivo del diputado Nogui Acosta eliminó muchas de las preocupaciones del Frente Amplio (p. ej. protección del interés público de organizaciones comunales), pero mantiene reservas sobre el nuevo órgano rector de la Imprenta Nacional y su posible impacto en la publicación del Diario Oficial La Gaceta.
Otras 9 voces aparecen en las actas sin que quede claro qué sostienen sobre el proyecto —votaron mociones de trámite, o el acta solo registra su voto sin la razón—, así que no se listan.
¿Qué sigue?
La comisión dictaminadora conocerá las mociones de fondo vía artículo 137.